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Ley Vigente

Artículo 170. Remisión del expediente.

Artículo 170 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. · BOE-A-2011-15936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-11.

Texto consolidado

Dentro del siguiente día hábil a la admisión de la demanda, el secretario judicial requerirá de la oficina pública competente el envío del expediente, que habrá de ser remitido en el plazo de cinco días.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-11.

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