Artículo 17. Notificación de la resolución.
Artículo 17 del Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. · BOE-A-2003-15799
Atención: Real Decreto 996/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La resolución de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita se notificará en el plazo común de tres días al solicitante, al Colegio de Abogados y, en su caso, al Colegio de Procuradores, así como a las partes interesadas, y se comunicará al juzgado o tribunal que esté conociendo del proceso, o al juez decano de la localidad si aquél no se hubiera iniciado.
2. Las notificaciones y comunicaciones las realizarán los secretarios de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita, a través de los órganos mencionados en el artículo 4.1.