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Real Decreto Derogada 3 redacciones

Artículo 17.

Artículo 17 del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. · BOE-A-1991-15530

Atención: Real Decreto 905/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo de Administración estará formado por el Presidente y por un mínimo de ocho y un máximo de doce Consejeros, cuyo nombramiento y cese corresponde al Ministro de Fomento.

2. El Director general del ente público será el Presidente del Consejo de Administración.

3. En los casos de ausencia, enfermedad o vacancia del Presidente asumirá interinamente la presidencia del Consejo de Administración el Consejero más antiguo y, a igual antigüedad, el de más edad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-02-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-3587.

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