Artículo 17. Régimen sancionador.
Artículo 17 del Real Decreto 328/2003, de 14 de marzo, por el que se establece y regula el plan sanitario avícola. · BOE-A-2003-6802
Atención: Real Decreto 328/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley de Epizootías de 20 de diciembre de 1952, en el Reglamento de Epizootías de 4 de febrero de 1955, en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, y en el artículo 103 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, sin perjuicio de las posibles responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.