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Real Decreto Vigente

Artículo 17. Otros órganos ejecutivos.

Artículo 17 del Real Decreto 160/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Enaire, y se modifica el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero. · BOE-A-2023-6084

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-09.

Texto consolidado

1. Bajo la dependencia de la persona titular de la Dirección General, son órganos ejecutivos de Enaire, E.P.E., y tendrán la consideración de personal directivo a los efectos previstos en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en estos Estatutos:

a) La Dirección de Servicios de Navegación Aérea, a la que corresponde dirigir la explotación y gestión de los servicios y sistemas de navegación aérea, con objeto de facilitar una operación del tráfico aéreo segura, económica y flexible y asegurar la capacidad suficiente para atender la demanda y satisfacer los requerimientos de todos los usuarios del espacio aéreo.

b) La Secretaría General, a la que corresponde el asesoramiento legal y la representación jurídica de Enaire, E.P.E.

c) La Dirección de Comunicación, a la que corresponde desarrollar la estrategia de comunicación de la entidad y planificar las acciones de comunicación para implantar e impulsar la marca Enaire, E.P.E.

d) La Dirección de Coordinación Civil-Militar, a la que corresponde representar los intereses de Enaire y asegurar la ágil coordinación con el Ministerio de Defensa, actuar en el ámbito del uso flexible del espacio aéreo (FUA), y la coordinación con Eurocontrol.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 10.1.b) de estos Estatutos, corresponde al Consejo Rector aprobar el resto de la organización de Enaire, E.P.E., con sujeción, en todo caso, a lo dispuesto en materia de ordenación de los puestos de trabajo y normativa presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-09.

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