Artículo 17. Contabilización de operaciones y gastos.
Artículo 17 de la Orden ECE/27/2019, de 21 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2019 y enero de 2020 y se autorizan las operaciones de gestión de tesorería del Estado. · BOE-A-2019-688
Atención: Orden ECE/27/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los ingresos y gastos originados por la emisión y el reembolso de la Deuda del Estado a la que esta orden se refiere y demás conexos se aplicarán a los Presupuestos del Estado según lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. Los gastos se aplicarán a los Programas 951M y 951N del Presupuesto en vigor.
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