Artículo 17. Cuantía.
Artículo 17 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2015-14059
Atención: Orden ECD/2796/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La cuantía máxima de cada una de las ayudas podrá alcanzar un importe de 1.400.000 euros, siempre que dicho importe no supere el 40 % del coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada por Orden ECD/43/2016, de 22 de enero. Ref. BOE-A-2016-718.
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