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Orden Derogada

Artículo 17. Pago de intereses y reembolsos por amortización.

Artículo 17 de la Orden ECC/1/2013, de 2 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2013 y enero de 2014 y se recogen las Cláusulas de Acción Colectiva normalizadas. · BOE-A-2013-49

Atención: Orden ECC/1/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los pagos por amortización de las Letras del Tesoro, incluidos los intereses implícitos, se realizarán con arreglo a lo dispuesto en los artículos primero, segundo y tercero de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de julio de 1985, por la que se desarrolla el Real Decreto 1206/1985, de 17 de julio, sobre pago de intereses y capitales de la deuda pública y se concede la condición de intermediario financiero a determinadas entidades. No será, por tanto, de aplicación el procedimiento establecido con carácter general en el artículo 15 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de mayo de 1987, de desarrollo del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispuso la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado.

2. El pago de los intereses y el reembolso de los Bonos y Obligaciones que se emitan se realizará según el procedimiento establecido en el artículo 15 de la Orden de 19 de mayo de 1987.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-03.

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