Artículo 17. Infracciones y sanciones.
Artículo 17 de la Orden APA/254/2008, de 31 de enero, por la que se establece un Plan integral de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo. · BOE-A-2008-2182
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-15.
Texto consolidado
Las infracciones a lo dispuesto en la presente orden serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en el Título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.