El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 17. Formación de las personas facilitadoras de justicia restaurativa.

Artículo 17 de la Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias. · BOE-A-2023-8479

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.

Texto consolidado

1. La formación y requisitos de las personas integradas en los equipos de justicia restaurativa financiados por el Gobierno de Navarra se determinarán en los contratos, convenios y protocolos que se adopten por el departamento competente en materia de justicia teniendo en cuenta las exigencias y principios contenidos en esta ley foral y en la normativa estatal de aplicación.

2. Los equipos de personas facilitadoras de justicia restaurativa financiados por el Gobierno de Navarra tendrán formación especializada sobre justicia restaurativa, la cual debe proporcionarles un alto nivel de competencia y aptitudes para abordar conflictos desde la perspectiva restaurativa, además de conocimiento sobre los requisitos específicos para trabajar con personas vulnerables, víctimas y ofensoras, conocimientos sobre el sistema judicial penal y formación en igualdad entre hombres y mujeres.

3. Se definirá reglamentariamente el contenido y duración de la formación avanzada que requerirán los equipos de justicia restaurativa financiados por el Gobierno de Navarra que actúen en casos delicados, complejos o graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-22.

Más artículos de Ley Foral 4/2023

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 4/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.