Artículo 17.
Artículo 17 de la Ley Foral 19/1984, de 20 de diciembre, de la Cámara de Comptos de Navarra. · BOE-A-1985-1960
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-26.
Texto consolidado
1. La Secretaría General estará integrada por el Secretarlo general y el personal necesario para que aquél pueda desarrollar sus funciones.
2. Son funciones del Secretario general:
a) Prestar asesoramiento jurídico al Presidente.
b) Dirigir y coordinar la Asesoría Jurídica.
c) Elaborar el estado general que anualmente se forme de los trabajos de la Cámara.
d) Ejercer directamente la jefatura del personal de la Cámara de Comptos.
e) Redactar las cartas y notificar las resoluciones del Presidente.
f) El archivo y conservación de documentos.
g) Todas aquellas que pudiesen serle encomendadas o delegadas por el Presidente.