Artículo 17. Constitución de las Juntas concejiles.
Artículo 17 de la Ley Foral 12/1991, de 16 marzo reguladora del proceso electoral en los Concejos de Navarra. · BOE-A-1991-23616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-21.
Texto consolidado
La constitución de las Juntas concejiles se sujetará a las normas establecidas para la constitución de los Ayuntamientos.