Artículo 17. Medios para la gestión del Espacio Natural Doñana.
Artículo 17 de la Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana. · BOE-A-1999-23524
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-15.
Texto consolidado
Los medios precisos para la gestión y administración del Espacio Natural Doñana serán aportados por las Administraciones públicas implicadas, en el marco de sus respectivas competencias.