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Ley Vigente

Artículo 17. Concesión y explotación de aguas.

Artículo 17 de la Ley 7/1988, de 30 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de Aigüestortes y Lago de Sant Maurici. · BOE-A-1988-10914

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-04-16.

Texto consolidado

Con el fin de conseguir la protección definida por el artículo 1.º de la presente Ley, no podrán tramitarse expedientes de concesión y explotación de aguas superficiales o subterráneas dentro del recinto del Parque, sin el previo informe favorable del Patronato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-04-16.

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