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Ley Vigente

Artículo 17.

Artículo 17 de la Ley 6/1986, de 27 de mayo, del Consejo de la Juventud de Euskadi-Euskadiko Gazteriaren Kontseilua. · BOE-A-2012-4377

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-06-11.

Texto consolidado

Los actos emanados de los Órganos del Consejo de la Juventud de Euskadi-Euskadiko Gazteriaren Kontseilua, en cuanto estén sujetos al derecho administrativo, agotan la vía administrativa y serán directamente recurribles en vía contencioso-administrativa, con arreglo a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-11.

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