Artículo 17. Ámbito de aplicación.
Artículo 17 de la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2026-15683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-03.
Texto consolidado
Este capítulo será de aplicación, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, al acceso a actividades económicas en condiciones de mercado y su ejercicio por parte de operadores legalmente establecidos en cualquier lugar del territorio nacional.