Artículo 17. Medidas de apoyo en materia tributaria.
Artículo 17 de la Ley 3/2023, de 7 de marzo, de familias monoparentales en La Rioja. · BOE-A-2023-7504
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-09.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja promoverá, en el ámbito de sus competencias en esta materia y con el límite establecido a las mismas, medidas tributarias de protección a las familias monoparentales de manera coordinada con el resto de las políticas públicas.
2. Las familias monoparentales tendrán el mismo tratamiento que reconoce la normativa fiscal autonómica a las familias numerosas.
3. Asimismo, se promoverá la inclusión de exenciones y bonificaciones en las tasas y los precios públicos de competencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de las Administraciones locales, siempre que la posibilidad mencionada esté prevista en la legislación vigente.