Artículo 17. Infracciones a la producción agraria ecológica.
Artículo 17 de la Ley 3/2000, de 24 de julio, por la que se crea el Organismo Autónomo "Oficina de Calidad Alimentaria" (ODECA). · BOE-A-2000-16368
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-03.
Texto consolidado
Las infracciones serán las establecidas en los artículos 9.9 y 10.3 del Reglamento CEE 2092/91, del Consejo, de 24 de junio, y en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, y su Reglamento, aprobado por Decreto 835/1972, de 23 de marzo.