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Ley Derogada

Artículo 17. Difusión e interpretación.

Artículo 17 de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears. · BOE-A-2018-6405

Atención: Ley 2/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Cada espacio o itinerario de Memoria y Reconocimiento Democráticos de las Illes Balears deberá contar con los medios de expresión e interpretación de los hechos sucedidos. Reglamentariamente, se determinarán las condiciones y los medios de difusión interpretativa.

2. La consejería competente en materia de Memoria Democrática establecerá la identidad gráfica de los Espacios e Itinerarios de Memoria y Reconocimiento Democráticos para su señalización y difusión oficial, de acuerdo con la normativa en materia de identidad corporativa. A efectos de la difusión y la interpretación de los inmuebles, parajes y espacios de titularidad pública, la administración titular del bien emitirá un informe, que únicamente será desfavorable cuando haya razones objetivas para ello.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-20.

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