Artículo 17. Publicación.
Artículo 17 de la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, de las áreas de promoción económica urbana. · BOE-A-2021-462
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-13.
Texto consolidado
Realizada la inscripción en el Registro de las áreas de promoción económica urbana de Cataluña, la dirección general competente debe publicar en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» el nombre, la delimitación y la identificación de la inscripción registral del área constituida.