Artículo 17. Dictamen de la comisión consultiva del transporte por cable.
Artículo 17 de la Ley 12/2002, de 14 de junio, del transporte por cable. · BOE-A-2002-14080
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-28.
Texto consolidado
El proyecto a que se refiere el artículo 14, una vez evacuados los trámites fijados por los artículos 15 y 16, y antes de ser aprobado, ha de someterse a la Comisión Consultiva del Transporte por Cable, que ha de tener en cuenta el contenido de los informes emitidos a lo largo del procedimiento.