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Ley Vigente

Artículo 17. Colaboración e información.

Artículo 17 de la Ley 10/2018, de 18 de mayo, de creación del Consell del Audiovisual de la Comunitat Valenciana (CACV). · BOE-A-2018-7640

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-24.

Texto consolidado

1. La administración de la Generalitat prestará la colaboración necesaria al Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana para el mejor y más eficaz desarrollo de sus funciones.

2. Para el cumplimiento de sus funciones, el Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana podrá recabar los datos e informes que estime necesarios de las administraciones públicas, así como de los agentes del sector audiovisual y de las asociaciones, instituciones y organismos con él relacionados.

También mantendrá una especial colaboración con las universidades de la Comunitat Valenciana que imparten estudios de comunicación audiovisual o similares, para la realización de los estudios e informes a que le sean necesarios.

3. El reglamento orgánico y de funcionamiento preverá los mecanismos adecuados que garanticen el acceso de la ciudadanía a la información que genere el Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-24.

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