Artículo 17. Principios aplicables a los presupuestos participativos.
Artículo 17 de la Ley 1/2026, de 5 de enero, de Participación Ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2026-1258
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-13.
Texto consolidado
Los presupuestos participativos se sujetarán a los siguientes principios:
a) Publicidad del proceso.
b) Información pública y transparencia.
c) Igualdad, inclusión y accesibilidad, con especial atención a los colectivos con mayores dificultades para intervenir en estos procesos y relacionarse con la tecnología.
d) Rendición de cuentas.