Artículo 17.
Artículo 17 del Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ley aplicable en materia de Accidentes de Circulación por carretera, hecho en La Haya el 4 de mayo de 1971. · BOE-A-1987-24741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-11-21.
Texto consolidado
El presente Convenio entrará en vigor el sexagésimo día siguiente al depósito del tercer instrumento de ratificación previsto en el articulo 16, párrafo 2.
El Convenio entrará en vigor, para cada Estado signatario que lo ratifique posteriormente, el sexagésimo día siguiente al depósito de su instrumento de ratificación.