El Vínculo El Vínculo.
Circular Vigente

Artículo 17. Inspecciones.

Artículo 17 de la Circular 5/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica. · BOE-A-2019-18260

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-20.

Texto consolidado

De conformidad con el artículo 7.39 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá realizar las inspecciones que considere oportunas con el fin de confirmar la veracidad de la información que, en cumplimiento de la presente circular, le sea aportada.

Si como consecuencia de las inspecciones se detectan diferencias en la caracterización de las infraestructuras, sus parámetros básicos o en el cumplimiento de la admisibilidad de los costes declarados, se podrán modificar, a través del procedimiento correspondiente, los parámetros retributivos relativos a esas instalaciones mediante resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-12-20.

Más artículos de Circular 5/2019

En El Vínculo puedes leer Circular 5/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.