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Ley Orgánica Vigente

Artículo 17 bis. Personas menores de catorce años en conflicto con la ley.

Artículo 17 bis de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. · BOE-A-1996-1069

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-25.

Texto consolidado

Las personas a las que se refiere el artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de los menores serán incluidas en un plan de seguimiento que valore su situación socio-familiar diseñado y realizado por los servicios sociales competentes de cada comunidad autónoma.

Si el acto violento pudiera ser constitutivo de un delito contra la libertad o indemnidad sexual o de violencia de género, el plan de seguimiento deberá incluir un módulo formativo en igualdad de género.

Se modifican los apartados 1 y 2 por la disposición final 8.5 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2021-9347#df-8#aprimero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-25.

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