Artículo 17 bis.
Artículo 17 bis de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León. · BOE-A-1997-16893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-27.
Texto consolidado
El ejercicio profesional en forma societaria se regirá por lo previsto en las leyes, en los términos que establezca la normativa básica estatal.
Se añade por el art. 3.4 del Decreto-ley 3/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOCL-h-2009-90251