El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Derogada

Artículo 169. Arrendamiento y prórroga.

Artículo 169 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. · BOE-A-2006-11956

Atención: Ley Foral 6/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando el contrato de suministro revista la forma de arrendamiento el contratista asumirá la obligación del mantenimiento del producto objeto del contrato. En los casos en que se deba abonar un canon de mantenimiento, las cantidades que se abonen por dicho concepto se fijaran separadamente del importe del arrendamiento, a los efectos de la contabilización del gasto.

En el arrendamiento únicamente se admitirá la prórroga expresa por un plazo que no podrá superar la mitad del periodo de vigencia inicial del contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-06.

Más artículos de Ley Foral 6/2006

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 6/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.