Artículo 169. Funcionamiento de la Oficina del Comisionado del Menor.
Artículo 169 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050
Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Comisionado del Menor dispondrá de un órgano administrativo, que recibirá el nombre de Oficina del Comisionado del Menor, y que sustentará y apoyará todas su actuaciones, especialmente en los aspectos técnicos, jurídicos y sociales.