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Ley Foral Derogada

Artículo 163. Proyecto de Reparcelación.

Artículo 163 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. · BOE-A-2003-919

Atención: Ley Foral 35/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituida la Junta de Compensación, ésta formulará y aprobará, con el quórum de propietarios que representen más de 50 por 100 de la superficie de la unidad, el Proyecto de Reparcelación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

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