Artículo 161. Régimen financiero especial.
Artículo 161 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. · BOE-A-2004-4214
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-10.
Texto consolidado
El municipio de Barcelona tendrá un régimen financiero especial, del que será supletorio lo dispuesto en esta ley.