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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 160. Tarifas.

Artículo 160 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-23.

Texto consolidado

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 01. Evaluación de cada ensayo clínico: 972,46 euros.

Tarifa 02. Evaluación estudio posautorización: 911,68 euros.

Tarifa 03. Tasa por evaluación de modificación sustancial: 595,60 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-19727.

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