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Constitución Vigente

Artículo 160

Artículo 160 de la Constitución Española. · BOE-A-1978-31229

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-12-29.

Texto consolidado

El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-12-29.

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