Artículo 16. Reconocimiento de una distinción de la eficiencia de las OTC.
Artículo 16 del Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, por el que se establecen las Oficinas de Transferencia de Conocimiento y se crea su Registro. · BOE-A-2022-19918
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-01.
Texto consolidado
El Ministerio de Ciencia e Innovación podrá destacar la labor y eficiencia de las OTC en la prestación de sus servicios de transferencia de conocimiento, mediante el reconocimiento de una distinción, en los términos en los que se disponga en la normativa que se dicte en desarrollo de este real decreto.