Artículo 16. Subdirección General de Investigación y Programas.
Artículo 16 del Real Decreto 88/2001, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas". · BOE-A-2001-2499
Atención: Real Decreto 88/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Subdirección General de Investigación y Programas ejercerá las siguientes funciones:
1. La gestión de los recursos y ejecución de los programas y proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, en especial los de carácter aeronáutico y espacial, sin perjuicio de aquellos que, por sus características especiales, sean asignados a la Subdirección General de Experimentación y Certificación, todo ello de acuerdo con los objetivos y planes anuales y plurianuales del Instituto, elaborados por la Subdirección de Coordinación y Planes para satisfacer la demanda del Ministerio de Defensa, el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o de otros organismos de carácter nacional, extranjero e internacional.
2. La gestión de los aspectos administrativos y económicos de cada programa o proyecto con la colaboración y apoyo de la Secretaría General.
3. Atender las relaciones de cooperación nacional e internacional necesarias para la ejecución de los programas de investigación y desarrollo tecnológico, en colaboración con la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Política Comercial.
4. La colaboración con la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Política Comercial en la comercialización y transferencia de tecnología.
5. Asesorar y colaborar con la Subdirección General de Coordinación y Planes en la elaboración de los planes de I + D del Instituto.
Más artículos de Real Decreto 88/2001
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