El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 16. Órganos rectores.

Artículo 16 del Real Decreto 377/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Geógrafos. · BOE-A-2015-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-29.

Texto consolidado

1. Los órganos de representación, gobierno y administración del Colegio de Geógrafos son el Presidente, la Asamblea General, la Junta de Gobierno, la Comisión Permanente y la Junta de Delegaciones.

2. Los órganos de las Delegaciones Territoriales serán el Presidente territorial, la Asamblea territorial, y la Junta territorial.

3. El régimen jurídico y funcionamiento de estos Órganos se ajustará a las normas contenidas en estos Estatutos, así como en el Reglamento de Régimen Interior y otras disposiciones colegiales. La Junta de Gobierno podrá acordar la creación de otros órganos de carácter consultivo.

4. Con carácter supletorio les será de aplicación lo recogido para los órganos colegiados en el capítulo segundo del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-29.

Más artículos de Real Decreto 377/2015

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 377/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.