Artículo 16. Cursos informativos.
Artículo 16 del Real Decreto 339/2015, de 30 de abril, por el que se ordenan las enseñanzas de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional. · BOE-A-2015-4781
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-02.
Texto consolidado
1. Los cursos informativos tienen por finalidad la preparación del militar en áreas de interés para las Fuerzas Armadas.
2. Como norma general, su duración estará comprendida entre 5 y 20 ECTS, para los cursos de oficiales, y entre 100 y 400 horas para los cursos de suboficiales y de tropa y marinería.
3. La superación de estos cursos se acreditará mediante un certificado.
4. La aprobación de los perfiles de ingreso y egreso y, cuando se trate de cursos de carácter militar, la de los currículos, así como la gestión de las correspondientes convocatorias, corresponde a las siguientes autoridades:
a) El Director del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, respecto de los cursos conjuntos.
b) El Subdirector General de Enseñanza Militar, respecto de los cursos comunes y los específicos de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
c) Los Directores de Enseñanza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, respecto de los cursos específicos de su respectivo Ejército.