Artículo 16. Ministerio de Ciencia e Innovación.
Artículo 16 del Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-16023
Atención: Real Decreto 1313/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal.
2. El Ministerio de Ciencia e Innovación dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Investigación.