Artículo 16. Ministerio de Sanidad.
Artículo 16 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2023-24842
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-07.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Sanidad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Sanidad, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, de la que depende la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud.
2.º La Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud.
3.º La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
4.º La Dirección General de Ordenación Profesional.
5.º La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Dirección General.
B) La Subsecretaría de Sanidad, de la que depende la Secretaría General Técnica.
C) El Comisionado de Salud Mental, con rango de Subsecretaría.
2. Queda suprimida la Dirección General de Salud Pública.