Artículo 16. Principios inspiradores.
Artículo 16 de la Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, por la que se establece la distribución y reparto del fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes. · BOE-A-2022-6450
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-01.
Texto consolidado
Son principios inspiradores del Fondo de Cohesión Territorial los siguientes:
– Los de justicia, proporcionalidad, cohesión social, equilibrio territorial y suficiencia financiera recogidos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales de Navarra.
– Los de accesibilidad, conservación, competitividad, cohesión social, policentrismo y gestión inteligente del patrimonio natural y cultural contemplados en la Estrategia Territorial de Navarra, aplicados en los Planes de Ordenación del Territorio de Navarra, y en la Estrategia Territorial Europea.
Más artículos de Ley Foral 7/2022
- ← Artículo 15. Definición y objetivos.
- → Artículo 17. Entidades locales beneficiarias.
- Ver la norma completa: Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, por la que se establece la distribución y reparto del fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes.