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Ley Foral Vigente

Artículo 16. Medidas en el ámbito de la salud.

Artículo 16 de la Ley Foral 13/2023, de 5 de abril, de lucha contra el racismo y la xenofobia. · BOE-A-2023-10922

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-25.

Texto consolidado

El departamento competente en materia de salud adoptará las medidas necesarias para erradicar la discriminación racial o étnica en el acceso a la atención sanitaria y promover de forma positiva la salud integral de las personas racializadas en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía. En particular:

a) Se adoptarán medidas para asegurar que no se producen discriminaciones por razón de etnia en la atención sanitaria, incluida la atención en salud mental. A tal fin, se introducirá la perspectiva de género interseccional y antirracista, y se elaborarán protocolos para la prevención de conductas racistas por parte tanto de pacientes como en el entorno laboral. Se deberá proporcionar la información relativa a la salud en diferentes idiomas, para garantizar el acceso a la salud integral de las personas, independientemente de su origen étnico o racial, en igualdad de condiciones.

b) Se realizarán acciones de prevención de actitudes racistas en el ámbito sanitario, incluyendo guías y material formativo en diversos idiomas.

c) Se impartirá formación al personal sanitario y de gestión en contenidos sobre el derecho universal a la salud e igualdad de trato y la no discriminación por origen étnico o racial. Estos contenidos tendrán como objetivo reforzar el conocimiento de la normativa reguladora en materia de acceso a la salud, para asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud. En particular se impartirá formación al personal en el ámbito de la salud mental con el fin de asegurar una atención basada en un enfoque intercultural y antirracista.

d) Se fomentarán trabajos de investigación a fin de evaluar la calidad de la atención sanitaria pública y para valorar los efectos del racismo estructural en la salud de las personas racializadas a fin de redefinir las políticas sanitarias en pro de la equidad respecto a la cobertura de necesidades en salud para toda la población.

e) Se promoverá la eliminación de todas las actitudes, normas y prácticas que generan estigma, discriminación por motivos de enfermedad en su intersección con el origen étnico o racial en los ámbitos laboral, social y escolar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-25.

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