Artículo 16. Planificación y ejecución de las actividades de fomento.
Artículo 16 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia. · BOE-A-2016-5943
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-07.
Texto consolidado
La planificación de las actividades de fomento de la economía social tendrá especialmente en cuenta la existencia de programas europeos de colaboración y procurará la elaboración de programas específicos enmarcados en los distintos instrumentos comunitarios.