Artículo 16. Devoluciones.
Artículo 16 de la Ley 6/1992, de 16 de octubre, del Impuesto sobre el Juego del Bingo y del recargo de la tasa sobre el juego que se desarrolla mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar. · BOE-A-2012-2260
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.
Texto consolidado
Se efectuará la devolución de los importes del impuesto sobre el juego del bingo y del recargo de la tasa sobre el juego que se desarrolla mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar en los mismos casos en que aquélla proceda según la legislación vigente en materia de tasas sobre el juego.