Artículo 16. Criterios de actuación.
Artículo 16 de la Ley 5/2003, de 15 de diciembre, de la Autoridad del Transporte de Euskadi. · BOE-A-2011-18548
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-25.
Texto consolidado
Las Autoridades Territoriales del Transporte desarrollarán sus funciones de acuerdo con los criterios básicos emanados de la Autoridad del Transporte de Euskadi.