El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 16. Utilización de animales en más de un procedimiento de experimentación.

Artículo 16 de la Ley 5/1995, de 21 de junio, de protección de los animales utilizados para experimentación y para otras finalidades científicas. · BOE-A-1995-19103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-30.

Texto consolidado

1. Se prohíbe la utilización en procedimientos de experimentación de animales que hayan sido sometidos previamente a otro procedimiento que les haya ocasionado dolor o sufrimiento graves o duraderos, con independencia de que se haya usado anestesia o analgesia, salvo que los animales hayan recuperado totalmente su estado normal de salud y bienestar.

2. La excepción que se establece en el apartado 1, que ha de ser autorizada por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, requiere en cualquier caso que durante el nuevo procedimiento de experimentación el animal se halle sometido a anestesia general, que ha de mantenerse hasta su sacrificio, o que el nuevo procedimiento sólo exija intervenciones de poca importancia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-30.

Más artículos de Ley 5/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 5/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.