Artículo 16. Composición y funcionamiento de la Comisión.
Artículo 16 de la Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-2021-10670
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-21.
Texto consolidado
1. La Comisión de Coordinación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento estará integrada por representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de las entidades locales de Cantabria y de las organizaciones sindicales más representativas.
2. Corresponde a la Consejería competente en materia de Protección Civil y Emergencias presidir la Comisión de Coordinación, a través del Director del Organismo Autónomo en materia de emergencias adscrito a la misma, actuando como Secretario un funcionario adscrito al citado Organismo Autónomo.
3. Reglamentariamente se regulará composición, régimen de convocatorias, organización y funcionamiento de la Comisión de Coordinación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.