Artículo 16. Actos y recursos administrativos.
Artículo 16 de la Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos. · BOE-A-2006-8718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-26.
Texto consolidado
1. Los actos del Instituto de Estudios Riojanos que se dicten en el ejercicio de potestades administrativas se someterán a la normativa reguladora del procedimiento administrativo propio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, siendo impugnables conforme a dicha legislación.
2. Los actos dictados por el Presidente del Instituto de Estudios Riojanos ponen fin a la vía administrativa.
3. Solo el Presidente del Instituto de Estudios Riojanos, el Presidente del Consejo de Administración y el Gerente podrán dictar actos resolutorios administrativos.