Artículo 16. Aprovechamientos minerales y energéticos.
Artículo 16 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. · BOE-A-2004-13470
Atención: Ley 4/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A fin de promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales minerales y energéticos en la Comunidad Valenciana, el Consell de la Generalitat aprobará planes de acción territorial de carácter sectorial, con el objeto de asegurar simultáneamente la eficiencia de las explotaciones y los recursos energéticos, su seguridad, la conservación, recuperación y mejora del medio ambiente afectado por las mismas y del patrimonio cultural, con especial atención al arqueológico y paleontológico, así como el fomento y mejora del medio rural en los municipios en que tales explotaciones y aprovechamientos energéticos tengan una presencia significativa.