Artículo 16. El departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública.
Artículo 16 de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2003-9620
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-16.
Texto consolidado
1. El departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública, de conformidad con los objetivos generales establecidos por el Gobierno, es el órgano responsable de dirigir la política de seguridad de la Generalidad.
2. Corresponden al departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública la dirección superior del Cuerpo de Mossos d'Esquadra, la coordinación de las policías locales y el resto de funciones que le otorgan la presente Ley y el ordenamiento jurídico.