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Ley Vigente

Artículo 16.

Artículo 16 de la Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la Institución del "Ararteko". · BOE-A-2012-4768

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-04-22.

Texto consolidado

1. La actividad del Ararteko no se verá interrumpida en los casos en que el Parlamento no se encuentre reunido, hubiere sido disuelto o hubiere sido disuelto o hubiere expirado su mandato.

2. La declaración de los estado de excepción o de sitio no interrumpirán la actividad del Ararteko, ni el derecho de los ciudadanos de acceder al mismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-04-22.

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